Genera Historia

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martes, 14 de enero de 2014

Cortes de Cádiz

Cortes de Cádiz
                                                                                                                                                      

(14 de Enero)

Tal día como hoy en el año:




1812: en España, las Cortes de Cádiz decretan la supresión de la horca.



Se conoce como Cortes de Cádiz a la Asamblea constituyente inaugurada en San Fernando el 24 de septiembre de 1810 y posteriormente trasladada a Cádiz (Andalucía) hasta 1814 durante la Guerra de la Independencia Española.

Juramento de las Cortes de Cádiz
en la Iglesia mayor parroquial
de San Fernando. Expuesto
como tal en el Congreso
de los Diputados de Madrid.


Formación
                                                                                                                                                  


A comienzos de la Guerra de la Independencia (1808-1814) las revueltas populares se acompañan de la creación de Juntas provinciales y locales de defensa. Estas juntas tienen como objetivo defenderse de la invasión francesa y llenar el vacío de poder (ya que no reconocían la figura de José I). Estaban compuestas por militares, representantes del alto clero, funcionarios y profesores, todos ellos conservadores. En septiembre otorgan la dirección suprema a la Junta Central Suprema Gubernativa del Reino.

El 19 de noviembre de 1809 las tropas imperiales derrotaron al ejército de la Junta Central en Ocaña, y los franceses tuvieron el paso franco hacia Andalucía. La Junta se retiró a Cádiz y el 29 de enero de 1810, desacreditada por las derrotas militares, se disolvió y dio paso a una regencia, ejercida en nombre de Fernando VII. Para reforzar su posición institucional y adquirir mayor legitimidad, la regencia decidió convocar Cortes y tras un intenso debate acordó que fueran unicamerales, y electas por sufragio censitario (sólo podían votar quienes tuvieran un determinado nivel de renta) e indirecto. Se reunieron por primera vez en Cádiz, en la Isla de León, el 24 de septiembre de 1810.

La guerra impidió que se celebrara la elección en muchos distritos y un elevado número de diputados fue elegido por ciudadanos de las correspondientes provincias residentes en la ciudad. Poco más de trescientos diputados participaron en aquellas Cortes: abundaban las profesionales liberales y los funcionarios, civiles y militares, y un tercio eran eclesiásticos. Tal cantidad de hombres de la Iglesia no debe hacer pensar en un bloque homogéneo: a principios del Siglo XIX la carrera eclesiástica era una vía atractiva para la promoción social, o para acceder a la mejor formación cultural, y por ello convivían en el Clero personas con distintas visiones del mundo y la política, que se distribuyeron entre las diversas tendencias representadas en la cámara legislativa

En estos primeros pasos del parlamentarismo aún no existían los partidos políticos, pero la mayoría de los diputados convocados en Cádiz se encuadraban en tres corrientes. Los absolutistas querían que la soberanía radicara exclusivamente en el Monarca, cuyo poder no debía tener ninguna restricción, y consideraban que las Cortes habrían de limitarse a recopilar y sistematizar las leyes. Los jovellanistas, cuyo nombre proviene del político y pensador ilustrado Gaspar Melchor de Jovellanos, abogaban por una soberanía compartida entre el Rey y las Cortes, y ello les convierte en los precursores del liberalismo moderado y conservador que se desarrolló en el Siglo XIX. Pensaban que las Cortes debían ser bicamerales, aceptaban la división de poderes y asumían buena parte del programa reformista de la Ilustración. El tercer grupo era el de los liberales. No eran mayoría, pero formaban un equipo cohesionado, con notable formación intelectual y capacidad de iniciativa. Entre sus filas figuraban el sacerdote Diego Muñoz-Torrero, el abogado Agustín de Argüelles, el historiador Conde de Toreno, el escritor y político Antonio Alcalá Galiano o el poeta Manuel José Quintana. Más activos, militantes y elocuentes que el resto de los grupos, consideraban que la soberanía debía recaer exclusivamente en la nación, representada en las Cortes, y lograron imponer sus tesis

El 24 de septiembre de 1810, en su primer decreto, las Cortes proclamaron que eran depositarias del poder de la Nación y que, por tanto, se erigían como poder constituyente, principio plasmado también en el artículo tercero de la Constitución de 1812: "La soberanía reside esencialmente en la Nación, y por lo mismo pertenece a esta exclusivamente el derecho de establecer sus leyes fundamentales". Dicha proclama entrañaba la creación de un orden jurídico y político nuevo, revolucionario, pues subvertía los fundamentos del pensamiento político tradicional, que atribuía la plena soberanía al Rey. También establecía un nuevo orden económico y social, pues la certeza de que todos los ciudadanos que integraban la Nación eran iguales en derechos y estaban sujetos a la misma ley obligaba a liquidar los privilegios estamentales que conformaban la sociedad del Antiguo Régimen.

La teoría política de los liberales se inspiraba en distintas fuentes: Montesquieu y la escuela de derecho natural del Siglo XVIII,el pensamiento ilustrado, las obras de Jeremy Bentham... Por encima de todo, era evidente la influencia de la Revolución Francesa: tanto de la Declaración de los Derechos de 1789, como de la Constitución de 1791. Sin embargo, en plena guerra contra Francia, la revolución que impulsaban los liberales no podía asumir como propia la inspiración gala. De hecho, los liberales se hallaban entre dos frentes, cercados en lo militar por las tropas imperiales y en lo ideológico por los defensores del absolutismo, que recelaban de la herencia ilustrada. De ahí que legitimaran su discurso y su programa político en la tradición: no había nada en la obra de las Cortes de Cádiz, argumentaban, que no se asentara sobre la historia patria. Al no poder invocar los principios de la Ilustración ni de la Revolución Francesa, se remontaron al pasado,a una Castilla medieval en la cual los reyes, supuestamente, habrían visto limitado su poder absoluto por las Cortes. Construyeron una imagen idealizada de la historia castellana cuya máxima representación recaía en los Comuneros, mártires contra el poder absoluto de Carlos I; la imagen de una Castilla cuya decadencia comenzó al perder la libertad bajo la dinastía de los Habsburgo.[cita requerida] El 25 de septiembre de 1808 se construía en Aranjuez la Junta Suprema Central.

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